domingo, 27 de abril de 2014

IV.- COMENTARIO

Si bien la intención de la ley es positiva ya que busca actualizar el catálogo normativo de delitos informáticos, es importante utilizar una adecuada técnica hacerlo. 

Por ejemplo, el proyecto aprobado no distingue entre delitos informáticos (donde el bien jurídico afectado es la información) y delitos a través de medios informáticos (es decir, conductas tradicionales, por ejemplo un robo o estafa, donde el ilícito es cometido por medios informáticos) generando una duda relevante.


III.- RESUMEN

Un delito informático es toda aquella acción que se da por vías informáticas o que tiene como objetivo destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet. Debido a que la informática se mueve más rápido que la legislación, existen conductas criminales por vías informáticas que no pueden considerarse como delito, según la "Teoría del delito", por lo cual se definen como abusos informáticos, y parte de la criminalidad informática.
La criminalidad informática tiene un alcance mayor y puede incluir delitos tradicionales como el fraude, el robo, chantaje, falsificación y la malversación de caudales públicos en los cuales ordenadores y redes han sido utilizados como medio. Con el desarrollo de la programación y de Internet, los delitos informáticos se han vuelto más frecuentes y sofisticados.
Existen actividades delictivas que se realizan por medio de estructuras electrónicas que van ligadas a un sin número de herramientas delictivas que buscan infringir y dañar todo lo que encuentren en el ámbito informático: ingreso ilegal a sistemas, interceptado ilegal de redes, interferencias, daños en la información (borrado, dañado, alteración o supresión de datacredito), mal uso de artefactos, chantajes, fraude electrónico, ataques a sistemas, robo de bancos, ataques realizados por crackers, violación de los derechos de autor, pornografía infantil, pedofilia en Internet, violación de información confidencial y muchos otros.
Actualmente existen leyes que tienen por objeto la protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos en las variedades existentes contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes o los cometidos mediante el uso de dichas tecnologías.

  • Finalidad y Objeto de la Ley
  • Objeto de la ley (Artículo 1) Prevenir y sancionar las conductas ilícitas que afectan los sistemas y datos informáticos y otros bienes jurídicos de relevancia penal O B J E T O Cometidos mediante la utilización de tecnologías de la información o de la comunicación Con la finalidad de garantizar la lucha eficaz contra la ciberdelincuencia.




II.- ANALISIS IMPORTANTES 

LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN RIESGO
La ley se  aprovechó para añadir una modificación al artículo 162 del Código Penal, referido a la intercepción telefónica.
BORRAR ARCHIVOS DE OTRA PERSONA
Asimismo, la legislación castiga con hasta seis años de prisión a aquel que “ introduce, borra, deteriora, altera, suprime o hace inaccesibles datos informáticos ” de otra persona sin su consentimiento o permiso.
“No es lo mismo borrar un simple documento que acceder a la información de la defensa nacional, allí es cuando el juez tendrá que ver qué pena se pone. Con el Código Penal, ya se castiga esta acción. Lo dice Budapest y lo tienen varios países”
EL HACKING ÉTICO PUEDE SER DELITO
Uno de los artículos de esta ley es el referente a la tipificación como delito del acto de fabricar, diseñar, desarrollar o utilizar un software de hacking, con un castigo de hasta cuatro años de prisión. El Convenio de Budapest también tiene una norma similar, pero incluye la excepción expresa que no es delito cuando la persona realiza un hacking ético o una prueba de vulnerabilidad para detectar los vacíos que pueda tener un sistema informático.
UTILIZACIÓN DE UNA BASE DE DATOS
En otro artículo de la ley, se condena con hasta cinco años de prisión a la persona que  crea, ingresa, o utiliza indebidamente una base de datos. Sin embargo, el texto es ambiguo y hasta una simple lista de contactos puede verse involucrada.



I.- INTRODUCCION:

A lo largo de la historia el hombre ha necesitado transmitir y 
tratar la información de forma continua. Aun están en el recuerdo las señales de humo y los destellos con espejos, y más recientemente los mensajes transmitidos a través de cables utilizando el código Morse, o la propia voz por medio del teléfono. 
La humanidad no ha cesado en la creación de métodos para procesar información. Con ése fin nace la informática, como ciencia encargada del estudio y desarrollo de éstas máquinas y métodos, y además con la idea de ayudar al hombre en aquellos trabajos rutinarios y repetitivos, generalmente de cálculo o de gestión.
Luego nace Internet como una tecnología que pondría la cultura, la ciencia y la información al alcance de millones de personas de todo el mundo, delincuentes diversos encontraron el modo de contaminarla.
La contaminación es de la mas variada, entre los últimos ataques a la red y que podemos calificar como de los mas graves es el uso de la red por parte de la mafia internacional que maneja la prostitución infantil, por el terrorismo internacional y también por el narcotráfico. Respecto de éste último es dable destacar la importancia de la penalización del delito del "Nacoterrorismo" según lo establecieran los fundamentos para el proyecto de ley realizado por el Dr. Ricardo Levene nieto, no solo en nuestro país sino en el mundo, ya que en todo el globo no se ha tipificado el mismo como delito autónomo.
El desarrollo de las tecnologías informáticas ofrece un aspecto negativo: Ha abierto la puerta a conductas antisociales y delictivas.
Los sistemas de computadoras ofrecen oportunidades nuevas y sumamente complicadas para infringir la ley y han creado la posibilidad de cometer delitos de tipo tradicional en formas no tradicionales.
El objetivo de este trabajo es analizar, Las conductas delictivas que pueden generar el gran avance tecnológico, sobre todo en el campo de la informática" desde tres de puntos de vista: normativo, delincuencia y prevención.